La psicología forense, es la rama de la psicología jurídica que aplica sus conocimientos y métodos a los procedimientos judiciales con el fin de asesorar al juzgador en su toma de decisiones.
La función principal del perito psicólogo, con independencia del órgano judicial que solicite su intervención, será la emisión de informes periciales (medios de prueba). El psicólogo forense puede intervenir en el proceso judicial bien como perito designado judicialmente o a instancia de parte.
El perito psicólogo o psicólogo forense, tiene como objetivo evaluar el estado psicológico de la persona o personas implicadas en un proceso judicial, el resultado de la evaluación forense será el informe pericial, el cual será defendido posteriormente en sala.
- Guarda y custodia, régimen de visitas.Informes de competencia parental de ambos cónyuges y valoración del núcleo familiar completo en relación al cuidado y educación de los hijos, atendiendo a la mejor opción de custodia siempre en el interés superior del menor o menores.
- Facultades parentales:Realización de informes relativos a las competencias de uno de los conyuges en relación a las facultades de cuidado y educación de los hijos, en ausencia de información relativa al otro cónyuge, por imposibilidad de valoración de uno de los dos.
- Responsabilidad penal:Son informes relativos a personas que se encuentran imputadas en causas penales. Estudio de la personalidad y/o estudio de las posibles causas de exención o atenuación de la responsabilidad penal como toxicomanías, trastornos de la personalidad, trastorno del control de impulsos, parafilias, psicosis o situaciones críticas como trastorno mental transitorio.
- Lesiones y secuelas psicológicas:Valoraciones de las víctimas de delitos y /o accidentes en cuanto a los cambios temporales o permanentes que el delito, accidente o catástrofe ha entrañado en relación a su situación de adaptación psicológica previa al suceso.
- Credibilidad del testimonio:Los informes de credibilidad del testimonio se realizan en casos de abuso sexual infantil, malos tratos, violencia de género, acoso laboral o sexual etc.
- Contrainformes y/o segunda opinión:Se trata de informes periciales realizados en base a documentos y otros informes, cuando no se está de acuerdo con el resultado de una determinada pericial de oficio o documental de parte. Tras el estudio de todos los documentos, se realizan las críticas metodológicas y científicas que se puedan demostrar ante el Tribunal.